Según la nueva resolución general número 3.356 publicada hoy por AFIP en el boletín oficial, a partir del 13 de Agosto de 2012, las solicitudes de compras de moneda extranjera se validarán respecto de la moneda de uso corriente en el país al que el interesado declare viajar. La resolución pone un ejemplo de compras de monedas extranjeras válidas: "si se viaja a la República Oriental del Uruguay adquirir pesos uruguayos, si se viaja a la República Federativa del Brasil, reales, a la República del Paraguay, guaraníes, etc.".
Si bien es algo ambigua la resolución de AFIP en ese sentido, teniendo en cuenta el ejemplo dado, podemos interpretar que al menos para países limítrofes no será más posible la compra de Dólares, y en lo que nos interesa en este blog la conclusión es que quienes viajen a Brasil sólo podrán comprar Reales, y no Dólares como era común y posible hasta ahora.
Viajeros que compren moneda extranjera deberán tener un pasaje válido
La misma resolución además establece nuevos requisitos para validar la compra de divisas, la AFIP ahora comprobará con la empresa de transporte aéreo, marítimo Fluvial o terrestre o por el operador turístico interviniente, que el interesado tenga un pasaje válido para el destino al que declara viajar.
Asimismo, y teniendo en cuenta que detectaron un 20% de personas que compraron dólares pero que no efectuaron el viaje declarado en el sistema de AFIP, se amenaza con sanciones "cuando se constate el incumplimiento de las obligaciones establecidas por esta resolución general"
Ver resolución AFIP completa
Actualización 31 de agosto de 2012:
Nueva resolución de AFIP establece recargos en los consumos de tarjetas de créditos realizados en el exterior. Ver nota
Actualización 3 de diciembre 2013:
Recargo de AFIP aumenta a 35% e incluye la compra de moneda extranjera vía autorización AFIP
comentarios
Em mi opinion la prohibicion es tacita, o sea, cae de maduro que no reglamentan como hacer por lo que no podes comprar. Situaciones realmente injustas de la clase media por la pelea de poderosos.
Tengo una inquietud, si se necesitan los datos de la empresa de transporte aéreo, marítimo Fluvial o terrestre o por el operador turístico interviniente para la compra de reales y/o dolares, como hago si viajo en auto como lo hago hace 5 años...?? Si bien pordria determinar los días de ingreso y egreso, no tengo operador turistico... Si alguien sabe como se hace, les agradezco.
Muchas Gracias.
Hola Marisa, recién entró en vigencia y está todavía muy confusa la nueva operatoria para comprar moneda extranjera por viajes, el tema de los viajes en auto es algo que se ve que en AFIP a nadie se le ocurrió, como habrás notado cada nueva regla es un emparche de la anterior, estamos esperando testimonios de quienes hayan solicitado autorización para informar cómo se resuelve este tema del cambio para viajes para quienes no compraron paquetes de agencias de turismo, es decir para los viajeros independientes.
Podés probar llamar al teléfono de atención de AFIP mientras tanto: 0810 - 999 - 2347, y si tenés alguna novedad estaría bueno que comentes así nos vamos haciendo una idea de cómo están las cosas con este tema en la práctica.
Saludos
Muchas Gracias por tu respuesta, y ni bien sepa algo se los comunico.
Saludos.!
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